Cómo importar cosméticos a Colombia (INVIMA)

Los cosméticos (maquillaje, cremas, champús, perfumes) son productos de vigilancia sanitaria: el INVIMA es la entidad de control al importarlos a Colombia. El requisito central suele ser la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), que ampara el producto, además del visto bueno asociado a cada importación.

Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO)

La NSO del INVIMA (o bajo la norma andina, Decisión 516 CAN) ampara la comercialización e importación del cosmético. Se tramita del producto, no de cada embarque; consíguela antes de importar.

Visto bueno por embarque en VUCE

Cada importación suele requerir el visto bueno sanitario del INVIMA vinculado a la declaración, además de la NSO del producto. Verifica tu subpartida para confirmarlo.

Etiquetado y documentos

Prepara etiquetado conforme a la norma, factura, documento de transporte y lista de empaque. El detalle exacto por subpartida sale de la consulta oficial de VUCE.

Pruébalo con un ejemplo

Cosméticos (los demás) — subpartida 3304.99.00.00

Ver requisitos de importación →

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