Cómo importar cosméticos a Colombia (INVIMA)
Los cosméticos (maquillaje, cremas, champús, perfumes) son productos de vigilancia sanitaria: el INVIMA es la entidad de control al importarlos a Colombia. El requisito central suele ser la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO), que ampara el producto, además del visto bueno asociado a cada importación.
Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO)
La NSO del INVIMA (o bajo la norma andina, Decisión 516 CAN) ampara la comercialización e importación del cosmético. Se tramita del producto, no de cada embarque; consíguela antes de importar.
Visto bueno por embarque en VUCE
Cada importación suele requerir el visto bueno sanitario del INVIMA vinculado a la declaración, además de la NSO del producto. Verifica tu subpartida para confirmarlo.
Etiquetado y documentos
Prepara etiquetado conforme a la norma, factura, documento de transporte y lista de empaque. El detalle exacto por subpartida sale de la consulta oficial de VUCE.
Pruébalo con un ejemplo
Cosméticos (los demás) — subpartida 3304.99.00.00
Ver requisitos de importación →